El divorcio vincular, una ley resistida pero que marcó un avance social trascendental

El 8 de junio de 1987 la legislación de la Argentina dio un paso trascendental al sancionar una ley que permitía la disolución del matrimonio, normativa que, al igual que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y el matrimonio igualitario, fue fuertemente resistida por sectores conservadores y que otorgaba un marco legal a una situación que de hecho ya ocurría con frecuencia.

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Miércoles 8 de junio de 2022

El ‘para toda la vida’ o el ‘hasta que la muerte nos separe’ no era la realidad que millones de argentinos y argentinas vivían dado que había “separaciones de hecho, muchas personas volvían a formar parejas, convivían y hasta tenían hijos, pero no tenían un marco legal como el que les otorgaba la institución del matrimonio”, apuntó la especialista.

Tras una enorme campaña en contra por parte de la Iglesia y sectores conservadores del poder el 8 de junio de 1987 el Congreso Nacional sancionó la Ley 23.515, popularmente conocida como la Ley del Divorcio Vincular, que permitía la disolución de la unión conyugal y que entró en vigor cuatro días más tarde tras su publicación en el Boletín Oficial.

Durante el debate en el recinto la Iglesia organizó muchas acciones en contra de la Ley,  algo muy parecido con lo que pasó hace unos años durante el debate por la IVE. Los grupos mas conservadores afirmaban qie, la aprobación de la ley era nociva para la sociedad.

La realidad es que en los hechos la gente rompía el vínculo, no podía hacerlo legalmente, pero en los hechos se hacía y generaba que un montón de familias no tengan ese resguardo o marco legal que les otorgaba el casamiento, ni a las parejas ni a los hijos de las mismas,  hoy por hoy es algo muy difícil de imaginar a la distancia, pero a los hijos extramatrimoniales se los consideraba ilegítimos.

En este marco, las uniones entre personas que ya habían estado casadas eran frecuentes, eran parte del tejido social, pero sin un marco legal había trámites, herencias y situaciones que no podían ser resueltas, por eso fue muy importante la sanción de la 23.515.

Hace 35 años, el avance en la legislación argentina dio amparo a unos millones de personas, lo que se vio reflejado casi inmediatamente en las inscripciones de divorcios que recibió el Registro Civil de la ciudad de Buenos Aires que pasó de 3 mil anuales en promedio, a 13 mil en 1987 y 11 mil en 1988, al igual que en 1989.

Si bien la normativa intentó dar una respuesta a una situación concreta, se aprobó la ley que podíamos tener en ese momento, permitiendo una situación que de hecho ocurría, pero establecía una lista de causas probables de divorcio y, por ende, un culpable. Injurias graves, adulterio, abandono voluntario y malicioso, eran algunas de las causas y que la persona solicitante tenía que probar, para esto había que atravesar un proceso judicial lento, complejo y que buscaba un culpable.

En 2014, una nueva reforma del Código Civil y Comercial de la Nación estableció la posibilidad del pedido de divorcio de manera unilateral una de las dos personas presenta una demanda de divorcio y no es necesario explicar por qué o buscar un culpable, sólo es necesario comunicar a la otra parte.